viernes, 24 de abril de 2015

La campaña de divulgación DERECHOS Y DEBERES de ABRIL es....

MEDIAGNÓSTICA comprometida con los derechos y deberes de los pacientes... 

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DERECHO: Tener acceso a servicios médicos oportunos, confiables y de calidad.....

DEBER: Tratar con respeto y dignidad a las personas que me atienden....



CIRCULAR_0 COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL


martes, 21 de abril de 2015

CIRCULAR: COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

CIRCULAR
(16 de abril de 2015)

El suscrito Gerente de MEDIAGNÓSTICA TECMEDI S.A.S., informa a todos los trabajadores que en cumplimiento a lo establecido en la ley 1010 de 2006, en la Resolución 1356 de 2012 del Ministerio de Trabajo, y en el Reglamento Interno de Trabajo de MEDIAGNÓSTICA TECMEDI S.A.S., se hace necesario conformar y poner en funcionamiento el COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL, el cual debe estar compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) representantes de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Los integrantes del Comité deben contar con competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. El Empleador designará directamente a sus representantes; y los trabajadores elegirán los suyos a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, y mediante escrutinio público; el procedimiento que se adopta para la elección de los representantes de los trabajadores, es el siguiente: cada trabajador tendrá derecho solamente a un voto, el cual no se puede delegar en ningún caso; los trabajadores nombrarán un Comité de Escrutinio, integrado por quienes no aspiren a ser elegidos; la elección se hará aplicando el sistema uninominal, es decir, voto por una sola persona, los dos primeros que obtengan la mayor votación serán elegidos como principales, y los dos que obtengan la tercera y cuarta votación serán los suplentes respectivamente. En caso de empate se resolverá por sorteo. Los trabajadores comunicarán al empleador el resultado de la votación, para los efectos legales a que haya lugar.

Una vez elegido el Comité de Convivencia Laboral, se procederá a la capacitación del mismo, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.



GERMÁN EDUARDO BLANCO ROJAS
Gerente General y Representante Legal      
Mediagnóstica Tecmedi SAS